Convocatoria de ayudas para el fomento de la economía circular en empresas

9 de julio de 2026 por
Convocatoria de ayudas para el fomento de la economía circular en empresas
Cámara de Comercio Menorca

El Govern de les Illes Balears ha abierto una nueva convocatoria de subvenciones dirigida a fomentar la economía circular en las empresas de las Illes Balears, en el marco del Impuesto sobre Estades Turístiques (ITS 2023) y con el cofinanciamiento del Programa FEDER 2021-2027.

Esta línea de ayudas cuenta con un presupuesto total de 1.400.000 euros y está pensada para apoyar proyectos que contribuyan de forma sustancial a la transición hacia un modelo circular, alargando la vida útil de productos y materiales, reduciendo la generación de residuos y mejorando la eficiencia en el uso de los recursos.

¿Qué actuaciones incluye la convocatoria?

La convocatoria contempla tres categorías de actuaciones subvencionables:

  • Estudios de investigación, desarrollo o innovación, orientados a desarrollar o validar nuevos productos, procesos o servicios circulares.
  • Redacción de proyectos de economía circular, incluidos los estudios de viabilidad técnica, económica y normativa, así como los análisis de ciclo de vida de productos, servicios o procesos.
  • Ejecución de nuevos proyectos o de nuevas líneas de mejora en proyectos de economía circular ya existentes.

Estas actuaciones deben enmarcarse, además, en alguna de estas tres líneas:

  • Línea 1. Reducción del consumo de materias primas vírgenes (uso de subproductos, materiales procedentes de residuos o remanufactura de productos).
  • Línea 2. Ecodiseño de productos para alargar su vida útil y mejorar su reciclabilidad (reutilización, reparabilidad, servitización, etc.).
  • Línea 3. Mejora de la gestión de residuos, mediante el desarrollo de infraestructuras de tratamiento o la preparación para la reutilización.

¿Quién puede solicitar estas ayudas?

La convocatoria se dirige, entre otros, a:

  • Empresas privadas inscritas en el Registro Mercantil.
  • Organizaciones empresariales con personalidad jurídica propia.
  • Agrupaciones de empresas con domicilio social o centro de actividad en las Illes Balears.
  • Empresas privadas que participen en proyectos en colaboración con el sector público de las Illes Balears.

Las grandes empresas también pueden acogerse a la convocatoria, si bien quedan excluidas de la financiación FEDER y únicamente pueden optar al crédito procedente del fondo ITS.

¿Qué gastos se pueden subvencionar?

Entre otros, son subvencionables:

  • Gastos de personal propio dedicado al proyecto (hasta 70 €/hora).
  • Adquisición de equipamiento y maquinaria, incluido el software.
  • Adquisición de instrumental y material dedicados al proyecto.
  • Contratación de servicios externos y consultorías.
  • Adquisición de licencias de conocimientos técnicos y patentes.
  • Infraestructura menor y accesoria necesaria para la puesta en marcha de la actuación.
  • Acciones de comunicación del proyecto (hasta el 5% de la subvención, con un límite de 10.000 €).

No se consideran subvencionables, entre otros, los gastos de adquisición de terrenos o inmuebles, construcción de edificios o naves, adquisición de vehículos, gastos de viaje y manutención, ni los gastos correspondientes a la actividad ordinaria de la empresa.

Importe de la ayuda

  • El importe máximo por solicitud es de 700.000 euros para los proyectos de investigación/desarrollo y de ejecución.
  • El importe máximo por solicitud para la redacción de proyectos de economía circular es de 25.000 euros.
  • Para las actuaciones acogidas al régimen de minimis, la subvención puede alcanzar el 80% de los gastos subvencionables, con un límite de 300.000 € por empresa en un periodo de tres años.
  • Para las actuaciones acogidas al Reglamento 651/2014, los porcentajes varían según el tamaño de la empresa y el tipo de proyecto (investigación industrial, desarrollo experimental, protección ambiental o reciclaje/reutilización de residuos).

Presupuesto disponible

La convocatoria dispone de un presupuesto total de 1.400.000 euros, distribuido de la siguiente manera:

  • Actuaciones acogidas al régimen de minimis: 40% de la dotación.
  • Actuaciones acogidas al Reglamento 651/2014: 60% de la dotación.

Plazo de solicitud

El plazo para presentar solicitudes es de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOIB (25 de junio de 2026), es decir, hasta el 25 de agosto de 2026.

Cada entidad puede presentar un máximo de tres solicitudes, de las cuales se valorarán prioritariamente las dos primeras que indique la entidad.

¿Cómo se presenta la solicitud?

La solicitud debe presentarse exclusivamente de forma telemática. En los próximos días se habilitará la vía para la presentación de solicitudes.


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