Bons Menorca 2026
"Bons Menorca" es una iniciativa del Consell Insular de Menorca en colaboración de la Cámara de Comercio de Menorca que tiene como objetivo dinamizar la actividad comercial y reforzar la viabilidad de pequeñas empresas del sector comercial de Menorca.
Gracias a esta campaña, los consumidores podrán disfrutar de 10€ de descuento por cada 30€ de compra en los establecimientos adheridos.
¿Cómo funcionan los bonos?
Cada bono ofrece 10 € de descuento sobre una compra mínima de 30€.
Cada persona podrá utilizar hasta 4 bonos durante la campaña, con un ahorro máximo de 40€, hasta agotar el presupuesto disponible.
Los bonos pueden utilizarse en una compra o repartirse entre varias, siempre respetando el importe mínimo establecido.
¿Qué establecimientos pueden adherirse?
Todos los relacionados en el anexo IV que rige la convocatoria de la campaña Bons Menorca 2026, y que puedes decargarte más abajo, junto con el resto de anexos necesarios para formar parte de la campaña.
¿Quién puede beneficiarse?
Los beneficiarios tienen que ser titulares de microempresas o pequeñas empresas del sector del comercio o determinadas empresas de servicios. Se considera pequeña empresa la que tenga, en el ejercicio anterior a la presentación de la solicitud de subvención, menos de 50 trabajadores y un volumen de negocio anual o un balance general que no supere los diez millones de euros. Se considera microempresa la que tenga menos de diez trabajadores y un volumen de negocio o un balance general que no supere los dos millones de euros.
Tienen que tener establecimientos con sede o razón social ubicada en Menorca y tienen que estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria y no tener deudas pendientes con el Consell Insular de Menorca
Igualmente, se entienden como beneficiarios indirectos las personas físicas que tengan 16 años o más y accedan a los bonos a través de los establecimientos adheridos a la campaña.
Ventajas de participar
Mayor visibilidad para tu negocio
Captación de nuevos clientes
Impulso a las ventas del comercio de proximidad
Contribución al desarrollo de la economía local
Webinars informativos
Calendario de la campaña
Webinar informativo 1
Para conocer el funcionamiento de la campaña
Inicio adhesión a la campaña
A través de una plataforma habilitada a tal efecto
Webinar informativo 2
Para resolver dudas antes del inicio del periodo de canje
Fin adhesión a la campaña
Facilitaremos a los adheridos el material identificativo
Inicio campaña ventas bonificadas
Se pondrán en circulación 12.000 bonos
Fin campaña ventas bonificadas
Pago a los establecimientos adheridos
Mediante transferencia en el número de cuenta indicado
Descarga la documentación de la campaña
- Bases de la convocatoria
- Anexo I
- Anexo II
- Anexo III
- Anexo IV
- Resolución adhesión campaña Bonos Producto Local
¿Tienes dudas?
Si tienes alguna consulta sobre la campaña, puedes contactar con nosotros a través de:
camaramenorca@camaramenorca.com
Teléfono: 971 36 31 94
c/ Miguel de Veri 3A, Mahón
Preguntas frecuentes
Si eres un establecimiento, a partir del jueves 1 de octubre de 2026 y hasta el viernes 23 de octubre podrás solicitar tu adhesión a la campaña a través del formulario habilitado en la web bonsmenorca.com.
La solicitud deberá realizarse únicamente por vía telemática y será necesario adjuntar la documentación requerida:
- Imagen del establecimiento.
- Certificado de situación censal de la AEAT.
- Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Certificado de no tener deudas con el Consell Insular de Menorca.
- Anexos correspondientes, debidamente cumplimentados y firmados.
Una vez adherido a la campaña, podrás acceder con tu usuario y contraseña a tu área privada en la plataforma bonsmenorca.com.
Desde allí podrás:
- Consultar los bonos disponibles, con numeración específica asociada a tu establecimiento.
- Obtener los bonos para ofrecérselos a los clientes que cumplan los requisitos.
- Canjear los bonos cumplimentando la información solicitada del ticket de compra y adjuntando una fotografía del mismo.
Para justificar cada venta, deberás aportar de forma telemática a través de la plataforma:
- El número de DNI de la persona que haya utilizado los bonos.
- La factura o el ticket de compra, por un importe mínimo de 30 €, en el que conste la aplicación de los bonos de descuento.
No. Solo debes presentar una solicitud de adhesión.
Una vez registrado, si dispones de más de un establecimiento, deberás dar de alta cada uno de ellos de forma individual en la plataforma.
Se considera un establecimiento por cada local físico.
Por tanto, si tienes varios locales, cada uno contará como un establecimiento independiente a efectos de la distribución de bonos, aunque todos pertenezcan a la misma empresa o persona autónoma.
El ticket o factura deberá incluir, como mínimo:
- CIF.
- Nombre del establecimiento.
- Dirección del establecimiento.
- Número de ticket o factura.
- Fecha de la venta.
- Producto o productos vendidos.
- Precio total de la compra.
- Bonos aplicados.
- Importe pagado por el cliente.
Además, los productos adquiridos con los bonos deberán aparecer descritos de forma suficientemente clara para poder identificar qué producto es .
No se admitirán descripciones genéricas como “varios ”, “alimentación”, "ropa"o similares que no permitan identificar el producto adquirido.
No. En ningún caso se aceptarán tickets o facturas en los que los bonos o descuentos se hayan añadido a mano.
No. Los establecimientos adheridos no pueden reservar ni retener bonos para ningún cliente.
El pago se tramitará en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la finalización de la campaña, siempre que los canjes y la documentación presentada hayan superado correctamente las verificaciones previstas en las bases.
Si incumples las obligaciones establecidas o haces un uso fraudulento de la campaña, podrás ser expulsado de forma definitiva.
Además, se podrá iniciar un procedimiento de revocación y reintegro de la ayuda, de acuerdo con lo establecido en las bases.
El descuento correspondiente a los bonos debe quedar claramente identificado como “Bons Menorca” en el ticket o factura.
Puedes reflejarlo de distintas formas:
- Creando un artículo en negativo denominado “Bons Menorca”, por el importe correspondiente, por ejemplo -10 €.
- Creando una forma de pago adicional denominada “Bons Menorca”, indicando el importe descontado: -10 €, -20 €, -30 €, etc.
- Aplicando un descuento en euros, no en porcentaje, denominado “Bons Menorca”.
Sí. El importe de los bonos que canjees se considera una ayuda pública de mínimis para tu empresa o actividad.
Esto significa que deberás tenerla en cuenta junto con otras ayudas de mínimis que hayas recibido, ya que existen límites máximos en función de tu sector de actividad: general, agrícola o pesca y acuicultura.
También deberás tenerla en cuenta cuando te soliciten declarar las ayudas de mínimis recibidas.
Sí. En la solicitud deberás indicar si has recibido otras ayudas sujetas al régimen de mínimis durante los tres últimos ejercicios fiscales anteriores al año de la convocatoria.
En ese caso, deberás informar del organismo que concedió la ayuda, la fecha de resolución y el importe recibido.
La devolución o el cambio de un artículo no cancela el bono que ya se haya canjeado.
Sí, siempre que se trate de ofertas o descuentos asumidos por el propio establecimiento.
No podrá aplicarse el bono a productos que ya estén bonificados mediante promociones subvencionadas por otras administraciones públicas.
El número de bonos asignados a cada establecimiento no se podrá conocer hasta que finalice el plazo de adhesión y se sepa cuántos establecimientos participan en la campaña.
Una vez cerrado el plazo, los 12.000 bonos disponibles se repartirán de forma equitativa entre todos los establecimientos adheridos.