Ayudas para la modernización del comercio detallista y determinadas empresas de servicios

19 de mayo de 2026 por
Cámara de Comercio de Menorca

La Conselleria d'Empresa, Autònoms i Energia del Govern de les Illes Balears ha publicado una nueva convocatoria de subvenciones destinada a fomentar la modernización de las empresas comerciales detallistas y determinadas empresas de servicios, así como la continuidad de los establecimientos comerciales y de determinados servicios considerados emblemáticos.

La convocatoria, publicada en el BOIB n º 62 del 16 de mayo de 2026, cuenta con un presupuesto total de 3.300.000 € y se enmarca en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears 2024-2026.

 Beneficiarios

Pueden solicitar esta ayuda las personas físicas y jurídicas privadas, agrupaciones y comunidades de bienes, que sean autónomos o titulares de pequeñas empresas o microempresas del sector del comercio detallista o de determinadas empresas de servicios, con establecimiento físico abierto al público en Baleares y sede social en las islas.

Los solicitantes deben ejercer alguna de las actividades incluidas en los siguientes epígrafes del IAE:

Actividades de comercio detallista

Epígrafe

Descripción

641

Comercio al por menor de frutas, verduras, hortalizas y tubérculos

642

Comercio al por menor de carnes, despojos, productos cárnicos, huevos, aves y caza

643

Comercio al por menor de pescados y otros productos de la pesca y de la acuicultura

644

Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería, leche y productos lácteos

645

Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases

647 (excepto 647.5)

Comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en general (alimentación, supermercados, autoservicios…)

651

Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero

652 (excepto 652.1)

Comercio al por menor de droguería, perfumería, cosmética, limpieza, pinturas, productos químicos y herbolarios

653

Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción

654.2 y 654.6

Comercio al por menor de accesorios, piezas de recambio, cubiertas y cámaras de aire para vehículos

656

Comercio al por menor de bienes usados (muebles, prendas y enseres domésticos)

657

Comercio al por menor de instrumentos musicales y accesorios

659

Otro comercio al por menor (sellos, joyería, juguetes, artículos deportivos, flores y plantas, animales de compañía…)

662

Comercio mixto o integrado al por menor

 Actividades de servicios

Epígrafe

Descripción

971

Lavanderías, tintorerías y servicios similares

972

Salones de peluquería e institutos de belleza

973.1

Servicios fotográficos

975

Servicios de enmarcación

981.1 y 981.2

Jardines, parques de recreo, parques de atracciones (incluidos acuáticos) y pistas de patinaje

Actuaciones subvencionables

  • Inversiones en equipamiento informático orientado a potenciar el comercio electrónico en establecimientos de venta presencial.
  • Inversiones que impliquen un avance hacia una economía baja en carbono, mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad (iluminación de bajo consumo, climatización eficiente, puntos de recarga para vehículos eléctricos, sistemas de gestión energética).
  • Inversiones para mejorar la accesibilidad y eliminar barreras arquitectónicas.
  • Adquisición e instalación del equipamiento necesario para modernizar el establecimiento (mobiliario, maquinaria, instalaciones, sistemas de alarma y seguridad, TPV, cajas de cobro automático…).
  • Adquisición e instalación del equipamiento necesario para mejorar la imagen del establecimiento (rotulación comercial, interior y exterior).
  • Obras y reformas en general que comporten la mejora y modernización del establecimiento.

Cuantía de la ayuda

La subvención es del 80 % del coste elegible del proyecto (IVA excluido), con un importe máximo de 9.000 € por beneficiario. El proyecto debe tener un coste elegible mínimo de 2.000 € (IVA excluido).

Período de ejecución

Los proyectos se han de ejecutar y pagar entre el 16 de septiembre de 2025 y el 15 de septiembre de 2026 (ambos incluidos).

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes es de un mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOIB. Las solicitudes se presentan de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la CAIB.

Más Información

Si quieres más información o necesitas ayuda para presentar tu solicitud, puedes contactar con nosotros.